A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Colpensiones·Demandado Jabba Navarro Rodrigo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla y Tribunal Administrativo de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto del conocimiento de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por Colpensiones en contra de la Resolución mediante la cual el ISS reconoció una pensión de vejez a favor de un ciudadano.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión de los Autos 316 y 840 de 2021 y determinó que el Tribunal Administrativo de Barranquilla es la autoridad competente para conocer del proceso mencionado.
Se ordena enviar el expediente al mencionado despacho para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los demás interesados en el proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Barranquilla y el Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Barranquilla es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1716 al Tribunal Administrativo de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Once Laboral del Circuito de Barranquilla.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.